Participa en el tema Ministerio Economía condenado por empleo mal registrado en el foro Temas Laborales de la categoría Laboral. | |||||||||||||||||
| Daniel escribió 03/02/12 18:36 hs 1 Ministerio Economía condenado por empleo mal registrado El empleado ingresó en el Ministerio de Economía de la Nación a principios de marzo de 2003 y permaneció allí hasta fines de 2007, en calidad de pasante de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA). El primer día hábil de 2008 y durante seis meses fue contratado por la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) y durante un año y medio se desempeñó para la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. A partir de octubre de 2007 también fue apoderado del Estado Nacional. Al denegársele el pase aplanta permanente inició juicio. El juez de primera instancia rechazó la demanda por lo que el dependiente apeló la sentencia ante la cámara laboral. Por el modo en el que se desenvolvió la relación a lo largo de los años, el tipo de tareas que desempeñaba el reclamante y las figuras contractuales utilizadas, los magistrados remarcaron que las partes no tuvieron la intención de someter el vínculo a un régimen de derecho privado, por lo que dicho régimen resultaba ajeno a la vinculación. Pero aclararon que "tampoco es posible considerar al dependiente incluido dentro del sistema de empleo público, pues su incorporación no se produjo de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 25.164". En esta situación, consideraron legítimo el despido en que se colocó el empleado e indicaron que al menos debía "reconocérsele la protección que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional otorga al trabajador contra el despido arbitrario, pues su prestación por más de seis años le generaron, en palabras de la Corte, una legítima expectativa de permanencia laboral, aunque no haya sido suficiente para modificar su situación irregular". Como no había una solución legislativa que contemple el caso, los jueces buscaron un medio que, por analogía, pudiera reparar debidamente los perjuicios sufridos por el dependiente. A partir de allí, consideraron que era justa la aplicación de la indemnización prevista en el artículo 11 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y remarcaron que "la desvinculación solo le da derecho a percibir una indemnización calculada en base a un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año, por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses". De esta manera, los magistrados decidieron dejar sin efecto la sentencia apelada y, teniendo en consideración las tareas cumplidas por el trabajador y su salario de $5.847,67, condenaron solidariamente a las codemandadas y fijaron el resarcimiento en la suma de $35.086,02 más intereses. Una llamada de atención para el Estado y las empresas públicas que tienen, desde hace años, empleados monotributistas o pasantes. No sólo hay empleo mal registrado en la actividad privada. Lástima que las indemnizaciones a estos empleados mal contratados por el Estado, se pagan con nuestros impuestos, sería hora que exista responsabilidad solidaria de los funcionarios a cargo, no? | |
| |
| |
| Temas Relacionados | ||||
| Destacan el empleo registrado - Foro de Economía | ||||
| Empleo 3.0 blog sobre empleo - Foro de Empleos | ||||
| Nuevo Asesores del Ministerio de Economía - Foro de Economía | ||||
| Seminario: El empleo no registrado - Foro de Capacitaciones y Seminarios | ||||
| Economía y la UIA acordaron establecer mecanismos para el crecimiento del empleo - Foro de Economía | ||||