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Los trabajadores tienen que presentar el formulario 572 informando, y actualizando, las deducciones generales y las cargas de familia que ...


Daniel escribió 06/02/12 08:44 hs
1 Empleados: Qué informar para no pagar Ganancias de más
Los trabajadores tienen que presentar el formulario 572 informando, y actualizando, las deducciones generales y las cargas de familia que se toman en cuenta para la la retención anual, que podríamos definir como "retención final" del último ejercicio.
Si el empleado no cumple, pagará seguramente más de lo que le corresponde.

Lo primero que hay que recordar es que en general las deducciones y tablas no tienen incorporada la inflación de los últimos años, pese a que los sueldos subieron nominalmente. En definitiva se paga lo que ordena la AFIP, no lo que se debería, y después anunciarán que aumentó la recaudación.

Lo primero a hacer es ingresar a la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar). Desde ahí, hay que clickear donde dice “formularios” e imprimir el número 572. Puede ocurrir que el empleador se ocupe de darnos el formulario

Luego se informan los datos personales, los familiares a cargo que son deducibles en el impuesto y las otras deducciones que permite el régimen (cónyuge - por matrimonio legal, padres, abuelos y suegros. También los hijos e hijastros, hermanos, nueras y yernos, nietos y bisnietos, todos ellos menores de 24 años, o mayores incapacitados para trabajar. No basta con que esista el parentesco, para poder deducir a cualquier familiar, el mismo no puede haber tenido ingresos anuales mayores a $12.960 (aunque sea por jubilación); recuerden que los dos padres podrán deducir a sus hijos, no es excluyente el cómputo de uno de ellos.

Prepaga: Hay que informar lo que se abona de prepaga y servicios de ambulancia, lo que no tiene nada que ver conel 3% obligatorio para la obra social. Este aporte la empresa o empleador ya lo sabe. El límite es el 5% de la ganancia neta, después de deducciones.

Seguro de vida: No sólo se incluyen los pagos por los seguros voluntarios, se puede computar el seguro pagado al retirar un electrodoméstico en cuotas, o al sacar un préstamo personal o por el descubierto bancario. El tope es de $996,23 anuales.

Donaciones: Cuando se realizaron a entidades reconocidas como exentas por la AFIP y las debidas formalidades. El importe anual permitido es de $2.400.

Servicio doméstico: Lo pagado de cargas sociales (formulario 102) durante todo el año es deducible hasta $12.960.

Intereses hipotecarios: Correspondientes a créditos otorgados a partir de enero del 2001, destinados a compra o construcción de vivienda. El tope anual es de $20.000.

Gastos de sepelio: Por el mismo contribuyente o por algún familiar a cargo. El total anual es $996,23. Recordemos que al fallecer, el contribuyente se convierte en Sucesión, y sigue existiendo su cuit y obligaciones fiscales hasta la Declaratoria de Herederos. El DNI lo destruyen (al menos deben hacerlo), el CUIT sobrevive al fin de nuestra existencia terrenal. La AFIP toma conocimiento del fallecimiento, en cuanto se presenta la viuda o viudo a pedir pensión ante ANSES.

Honorarios médicos: Médicos, laboratorios, psicólogos, kinesiólogos, dentista, etcétera. El importe a considerar es el 40% del total pagado por estos rubros por el empleado y su grupo familiar a cargo, pero con tope de 5% de la ganancia neta.No se acepta el gasto si fué reintegrado por seguro u obras social.

Impuesto al cheque: Se informa con una nota, no con el F 572, siempre al empleador. Corresponde al 34% del impuesto anual retenido por los depósitos bancarios.

Es importante completar bien el F 572 para no pagar de más.
soy viajero
Nivel 5
desconectado
soy viajero escribió 06/02/12 11:00 hs
2 Respuesta: Empleados: Qué informar para no pagar Ganancias de más
Muchas gracias Daniel, excelente info, dado que el impuesto ya es injusto al menos tratar de minimizarlo. Saludos
Flor
Nivel 5
desconectado
Flor escribió 06/02/12 11:23 hs
3 Respuesta: Empleados: Qué informar para no pagar Ganancias de más
Como siempre un lujo todo lo que nos informas, es bueno saber para no pagar de mas

Abrazo amigo Daniel
pibe
Nivel 4
desconectado
pibe escribió 06/02/12 14:22 hs
4 Respuesta: Empleados: Qué informar para no pagar Ganancias de más
como se puede reportar si los intereses hipotecarios superan ese monto ?
Daniel
Nivel 3
conectado
Daniel escribió 06/02/12 15:08 hs
5 Respuesta: Empleados: Qué informar para no pagar Ganancias de más
Amigo, si interpreto bien tu pregunta, querés saber qué pasa si en el ejercico fiscal pagaste intereses hipotecarios por más del tope de $ 20000. Lamentablemente y legalmente el excedente no se deduce de tus ganancias. Por ejemplo, si pagaste 25000, sólo te deducirán de la base imponible 20000, pero en el formulario igual tenés que poner el total anual. Ese excedente que estamos suponiendo de $ 5000, pagará impuesto a las ganancias como monto consumido. ¿Absurdo? Sí totalmente, como es absurdo todo el sistema impositivo, fijate que un sepelio no cuesta 996.23 sino por lo menos cuatro veces más, y por qué son tan rdículos de poner los 23 centavos? me parece que el sistema tributario da para un tema aparte, la intención de éste es que paguen lo menos posible dentro de la normativa actual. Saludos, mi amigo.
Responder este tema




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